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Si de algo puede presumir esta España de tantas carencias en una actualidad absorbida por la crisis y la incertidumbre, es de jueces de una talla personal y profesional como son la Magistrada Alaya y el Magistrado Pablo Ruz. Es encomiable el propósito de cumplir con las competencias judiciales, imbuidas de la sobriedad estricta del deber encomendado y la templanza en la acción judicial inmersa en un marasmo de exigencia e intereses político-sociales tan complejos como alarmantes.
Gran mérito existe en la
profesionalidad de jueces como ellos que afirman la esperanza en una Justicia
veraz y nada acomodaticia.
Al margen del protagonismo
personal que otros jueces ejercieron de manera tan poco ejemplarizante, cuando
no vergonzante, el Juez Pablo Ruz ha marcado la pauta con una audacia personal
poco común en la judicatura española. Acometer judicialmente el caso Faisán
habla de esa imparcialidad que durante estos últimos años fue puesta en duda
por la influencia partidista sobre decisiones judiciales de marcado carácter político.
Actualmente el Magistrado Pablo
Ruz dirige la investigación sobre los pagarés de Nueva Rumasa que ha de
dirimirse tras un arduo análisis, después
de aplicar diligencias previas que han desembocado en un embargo patrimonial de
la Familia Ruiz Mateos. La traición bancaria que cerró el grifo crediticio
ocasionó un perjuicio catastrófico contra el Grupo empresarial, arrastrando a
los inversores, trabajadores y miembros familiares a una situación crítica en
un totum revolutum donde la mezcla de responsabilidades no está definida. Los
hijos de Ruiz-Mateos se querellaron contra Emilio Botín por incumplimiento de
contrato sobre los créditos que sustentaban la gestión empresarial de Nueva
Rumasa.
Efectivamente, todo está por ver. Nada está, ni mucho menos,
definido, pese a la tendencia simplista de tratar el problema con el desconocimiento
de factores ajenos de la información no contrastada y tendente a generar un
juicio paralelo. De esa indefinición
devienen múltiples dramas familiares convertidos en datos fríos que se
amontonan a modo de documentación en el juzgado, en tanto la fatalidad contra
las personas inocentes está servida.
Así es que una hija de José María
Ruiz-Mateos sufre embargos preventivos sin estar imputada en la causa. Hace
pocos días el Juez Pablo Ruz exculpó de
toda intención delictiva a Rocío Ruiz-Mateos y a su marido Luis Ojeda acerca de
la sustracción de obras de arte por un importe de 750.000 euros. El intento de
imputación por parte de Joaquín Yvancos, conllevó un perjuicio moral que busca
el desgaste anímico a cualquier precio, incluso al de la pérdida de
credibilidad en imputaciones sin fundamento.
Si ya supone una problemática
vicisitud en la Familia un intento de imputación que con buen criterio
desestima el Juez Ruz ¿Qué clase de perjuicio ocasiona en luna hija de
Ruiz-Mateos el hecho de ser embargado su patrimonio de manera preventiva,
cuando no existe ninguna clase de imputación sobre ella? Las diligencias
previas fueron determinantes con un embargo patrimonial que pudiera responder
por las deudas contraídas a través de los pagarés de Nueva Rumasa. Sin embargo
el proceso se ha ralentizado con el lógico ritmo de trabajo que exige la
complejidad de un caso con tantos damnificados. En tanto esta hija y su familia
sufren los efectos de ese retardo, a modo de asfixia inquietante, cuyas
consecuencias pueden ser absurdamente improductivas, incluso a los efectos
judiciales de prevención que se buscó con dichos embargos.
Socorro es la mayor de las hijas
de José María Ruiz Mateos y su caso es alarmante y contrario a los propósitos
de Justicia que sería deseable en este proceso abierto, con tantos factores por
desentrañar y con la dificultad añadida de una carrera a contrarreloj ante
situaciones innecesariamente críticas.
Después de trabajar toda una vida
y al margen de las gestiones de Nueva Rumasa, Socorro Ruiz Mateos y su marido
Bernardo Landeta, han visto embargados sus bienes inmuebles como medida
cautelar. Es previsible que se levante el embargo cuando el Juez Pablo Ruz
compruebe que no existe ninguna relación con el caso de los pagarés; el
problema es que, a expensas del tiempo en que se examine la particular
circunstancia del matrimonio, no existe modo de pagar la hipoteca que pesa
sobre las propiedades embargadas y ante esa falta de pago es más que presumible
la ejecución bancaria.
El cometido de garantizar el pago por perjuicio del caso de los
pagarés, quedaría de inmediato anulado con un valor mínimo de producirse
esas
previsibles ejecuciones bancarias del todo evitables. Es sólo cuestión
de
tiempo.
Impartir Justicia es el cometido
principal de toda acción judicial y en ese objetivo implícito debería de
preponderar evitar el perjuicio innecesario que puede devenir del proceso de
ralentización propio de cualquier investigación judicial. Es muy triste que,
sólo por un factor de tiempo- el tiempo del que dispone el Magistrado para
analizar la ingente información recabada- se pueda arruinar una familia por
no tratarse tanta problemática personal, al margen de una decisión generalizada
con carencia de imputaciones en la causa abierta.
La magnífica labor judicial del
Magistrado Pablo Ruz es un paradigma de la imparcialidad que debería imperar en
el seno de la Magistratura. Por ello, en la inmensa responsabilidad que conlleva la disquisición
de lo presunto culpable y de lo prácticamente inocente, el factor tiempo no
debería suponer una espada de Damocles sobre los cuellos de personas que ven la
amenaza de una innecesaria ruina, por una tramitación burocrática cuyo tiempo
de atención es un hilo de fina conformación, frágil como la esperanza, de
quienes lo ven como una amenaza mucho más real que un expediente archivado.
Sólo un factor de tiempo es lo
que actúa amenazante ante esos embargos preventivos y generalizados que afectan
a personas que no están imputadas, pero cuyas vidas dependen de un trámite que
sólo requiere una atención adicional para evitar una catástrofe personal
absolutamente innecesaria.
Sólo un tiempo prioritario es lo
que se necesita para que el Juez Pablo Ruz advierta la innecesaria condena de
personas inocentes. A tal efecto, Socorro Ruiz-Mateos y su marido se han
dirigido al Juez expresando su inquietud y pidiendo el levantamiento del
embargo que previsiblemente será efectivo con el paso del tiempo; un tiempo del
que no disponen los familiares sin imputaciones y
que un Juez competente puede dedicar abreviando un proceso agónico. La ejecución
bancaria es evitable, así como el retardo de las decisiones, si prima la
defensa de los inocentes en una familia víctima de una traición bancaria en que
todo aún ha de demostrarse.
Dios quiera que el tiempo no
falte para evitar un desastre; el vital momento de una firma a tiempo.
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