viernes, 11 de mayo de 2012

La vida de inocentes en manos de un tiempo del Magistrado Pablo Ruz

X.


Si de algo puede presumir esta España de tantas carencias en una actualidad absorbida por la crisis y la incertidumbre, es de jueces de una talla personal y profesional como son la Magistrada Alaya y el Magistrado Pablo Ruz. Es encomiable el propósito de cumplir con las competencias judiciales, imbuidas de la sobriedad estricta del deber encomendado y la templanza en la acción judicial inmersa en un marasmo de exigencia e intereses político-sociales tan complejos como alarmantes.
Gran mérito existe en la profesionalidad de jueces como ellos que afirman la esperanza en una Justicia veraz y nada acomodaticia.
Al margen del protagonismo personal que otros jueces ejercieron de manera tan poco ejemplarizante, cuando no vergonzante, el Juez Pablo Ruz ha marcado la pauta con una audacia personal poco común en la judicatura española. Acometer judicialmente el caso Faisán habla de esa imparcialidad que durante estos últimos años fue puesta en duda por la influencia partidista sobre decisiones judiciales de marcado carácter político.
Actualmente el Magistrado Pablo Ruz dirige la investigación sobre los pagarés de Nueva Rumasa que ha de dirimirse tras  un arduo análisis, después de aplicar diligencias previas que han desembocado en un embargo patrimonial de la Familia Ruiz Mateos. La traición bancaria que cerró el grifo crediticio ocasionó un perjuicio catastrófico contra el Grupo empresarial, arrastrando a los inversores, trabajadores y miembros familiares a una situación crítica en un totum revolutum donde la mezcla de responsabilidades no está definida. Los hijos de Ruiz-Mateos se querellaron contra Emilio Botín por incumplimiento de contrato sobre los créditos que sustentaban la gestión empresarial de Nueva Rumasa.
Efectivamente, todo está por ver. Nada está, ni mucho menos, definido, pese a la tendencia simplista de tratar el problema con el desconocimiento de factores ajenos de la información no contrastada y tendente a generar un juicio paralelo.  De esa indefinición devienen múltiples dramas familiares convertidos en datos fríos que se amontonan a modo de documentación en el juzgado, en tanto la fatalidad contra las personas inocentes está servida.
Así es que una hija de José María Ruiz-Mateos sufre embargos preventivos sin estar imputada en la causa. Hace pocos días el Juez Pablo Ruz  exculpó de toda intención delictiva a Rocío Ruiz-Mateos y a su marido Luis Ojeda acerca de la sustracción de obras de arte por un importe de 750.000 euros. El intento de imputación por parte de Joaquín Yvancos, conllevó un perjuicio moral que busca el desgaste anímico a cualquier precio, incluso al de la pérdida de credibilidad en imputaciones sin fundamento.
Si ya supone una problemática vicisitud en la Familia un intento de imputación que con buen criterio desestima el Juez Ruz ¿Qué clase de perjuicio ocasiona en luna hija de Ruiz-Mateos el hecho de ser embargado su patrimonio de manera preventiva, cuando no existe ninguna clase de imputación sobre ella? Las diligencias previas fueron determinantes con un embargo patrimonial que pudiera responder por las deudas contraídas a través de los pagarés de Nueva Rumasa. Sin embargo el proceso se ha ralentizado con el lógico ritmo de trabajo que exige la complejidad de un caso con tantos damnificados. En tanto esta hija y su familia sufren los efectos de ese retardo, a modo de asfixia inquietante, cuyas consecuencias pueden ser absurdamente improductivas, incluso a los efectos judiciales de prevención que se buscó con dichos embargos.
Socorro es la mayor de las hijas de José María Ruiz Mateos y su caso es alarmante y contrario a los propósitos de Justicia que sería deseable en este proceso abierto, con tantos factores por desentrañar y con la dificultad añadida de una carrera a contrarreloj ante situaciones innecesariamente críticas.
Después de trabajar toda una vida y al margen de las gestiones de Nueva Rumasa, Socorro Ruiz Mateos y su marido Bernardo Landeta, han visto embargados sus bienes inmuebles como medida cautelar. Es previsible que se levante el embargo cuando el Juez Pablo Ruz compruebe que no existe ninguna relación con el caso de los pagarés; el problema es que, a expensas del tiempo en que se examine la particular circunstancia del matrimonio, no existe modo de pagar la hipoteca que pesa sobre las propiedades embargadas y ante esa falta de pago es más que presumible la ejecución bancaria.
   El cometido de garantizar el pago por perjuicio del caso de los pagarés, quedaría de inmediato anulado con un valor mínimo de producirse esas previsibles ejecuciones bancarias del todo evitables. Es sólo cuestión de tiempo.
Impartir Justicia es el cometido principal de toda acción judicial y en ese objetivo implícito debería de preponderar evitar el perjuicio innecesario que puede devenir del proceso de ralentización propio de cualquier investigación judicial. Es muy triste que, sólo por un factor de tiempo- el tiempo del que dispone el Magistrado para analizar la ingente información recabada- se pueda arruinar una familia por no tratarse tanta problemática personal, al margen de una decisión generalizada con carencia de imputaciones en la causa abierta.
La magnífica labor judicial del Magistrado Pablo Ruz es un paradigma de la imparcialidad que debería imperar en el seno de la Magistratura. Por ello, en la inmensa  responsabilidad que conlleva la disquisición de lo presunto culpable y de lo prácticamente inocente, el factor tiempo no debería suponer una espada de Damocles sobre los cuellos de personas que ven la amenaza de una innecesaria ruina, por una tramitación burocrática cuyo tiempo de atención es un hilo de fina conformación, frágil como la esperanza, de quienes lo ven como una amenaza mucho más real que un expediente archivado.
Sólo un factor de tiempo es lo que actúa amenazante ante esos embargos preventivos y generalizados que afectan a personas que no están imputadas, pero cuyas vidas dependen de un trámite que sólo requiere una atención adicional para evitar una catástrofe personal absolutamente innecesaria.
Sólo un tiempo prioritario es lo que se necesita para que el Juez Pablo Ruz advierta la innecesaria condena de personas inocentes. A tal efecto, Socorro Ruiz-Mateos y su marido se han dirigido al Juez expresando su inquietud y pidiendo el levantamiento del embargo que previsiblemente será efectivo con el paso del tiempo; un tiempo del que no disponen los familiares sin imputaciones  y que un Juez competente puede dedicar abreviando un proceso agónico. La ejecución bancaria es evitable, así como el retardo de las decisiones, si prima la defensa de los inocentes en una familia víctima de una traición bancaria en que todo aún ha de demostrarse.
Dios quiera que el tiempo no falte para evitar un desastre; el vital momento de una firma a tiempo.

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